miércoles, 23 de noviembre de 2011

Fondo de Promocion Turistica (FPT)

El Fondo de Promoción Turística es una cuenta creada con la Ley 300 de 1996 – Ley General de Turismo – modificada con la ley 1101 de 2006, para administrar los recursos de la contribución parafiscal y el impuesto al turismo.
 
Estos recursos se destinarán a la ejecución de los planes de promoción y mercadeo turístico y a fortalecer y mejorar la competitividad del sector, con el fin de incrementar el turismo receptivo y el turismo doméstico de acuerdo con los lineamientos de la “Política Turística” definidos por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
 
Administracion:
La administración del Fondo de Promoción Turística está a cargo de una Entidad Administradora perteneciente al sector privado del turismo, elegida mediante licitación pública y contratada por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo; en la actualidad es el CONSORCIO ALIANZA TURISTICA, la entidad Administradora, la cual se encuentra conformada por la Asociación Colombiana de la Industria Gastronómica-ACODRES y L´alianxa Travel Network.
 
Proyectos:
Los recursos de la contribución parafiscal, que administra el Fondo de Promoción Turística, se invierten en proyectos de promoción, mercadeo y competitividad del turismo. El acceso a estos recursos es a través de la presentación de proyectos por parte de los sectores aportantes de la contribución parafiscal, los gremios que agrupan a los aportantes de la contribución parafiscal, las entidades territoriales, las entidades mixtas de promoción turística, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, Proexport y la entidad administradora del Fondo de Promoción Turística, lo anterior de acuerdo con los procedimientos establecidos en el Manual para la destinación de recursos y presentación de proyectos. Todos los proyectos deben ser aprobados por el Comité Directivo del Fondo.
 
Comite Directivo Del Fondo:
De acuerdo al artículo 46 de la ley 300 de 1996 y modificado por el artículo 11 de la ley 1101 de 2006; el Fondo de Promoción Turística tendrá un Comité Directivo compuesto por diez miembros, de la siguiente manera:
 
  • El Ministro de Comercio, Industria y Turismo quien sólo podrá delegar en el viceministro del ramo. El representante del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo presidirá el Comité
  • El Presidente de Proexport o su delegado
  • Cinco (5) representantes de organizaciones gremiales de aportantes
  • Un gobernador designado por la Conferencia de Gobernadores
  • Un alcalde designado por la Federación Colombiana de Municipios
  • Un representante del sector de ecoturismo

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